AGIP prorrogó hasta Abril la moratoria impositiva.
La Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP) resolvió prorrogar hasta el 30 de abril de 2026 el régimen de moratoria destinado a la regularización de deudas impositivas, tras la elevada participación registrada desde su puesta en marcha. La decisión apunta a reforzar la cultura de cumplimiento fiscal y a seguir ofreciendo alternativas que faciliten el ordenamiento de las obligaciones tributarias en la Ciudad.
Según el nuevo esquema, el plazo para adherir al primer tramo del plan se extenderá hasta el 31 de enero. En tanto, las siguientes etapas se desarrollarán durante febrero, marzo y abril, conforme al cronograma actualizado que ya puede consultarse en el sitio oficial de AGIP.
Durante el primer período, vigente hasta fin de enero, quienes opten por cancelar sus deudas en un único pago podrán acceder a la quita total de los intereses. A su vez, se mantienen opciones de financiación de hasta 48 cuotas, con bonificaciones parciales de intereses que varían según la fecha de adhesión y la modalidad de pago seleccionada.
Entre las novedades, se elevó a $4 millones el tope para utilizar la boleta de cuota única, una alternativa pensada para simplificar el proceso de regularización. Esta opción está disponible para contribuyentes con deudas de hasta ese monto en Inmobiliario/ABL o Patentes que elijan pagar al contado. La boleta puede obtenerse desde la Consulta de Boletas en la web del organismo.
En línea con el objetivo de agilizar y desburocratizar los trámites, la adhesión a la moratoria se realiza de manera completamente digital. Existen dos vías para hacerlo:
- A través de la Nueva Cuenta Corriente Tributaria, accesible desde el Portal del Contribuyente. Allí se debe ingresar al menú “Operaciones”, seleccionar “Planes/Moratoria”, elegir las obligaciones a regularizar y definir la forma de pago.
- Mediante la Boleta de Cuota Única, destinada a deudas de hasta $4 millones en Inmobiliario/ABL y/o Patentes. Esta boleta puede descargarse o abonarse directamente desde la página de AGIP o por Home Banking. Incluye el total adeudado hasta el 31 de agosto de 2025 con los intereses ya condonados y figura como Cuota 219 – “Cuota Única Moratoria 2025”.
El régimen alcanza a obligaciones correspondientes a todos los tributos con vencimiento hasta el 31 de agosto de 2025, ya sea que se encuentren en instancia administrativa o judicial, con excepción de las deudas vinculadas a agentes de recaudación.
De esta manera, AGIP reafirma su compromiso con la simplificación de procesos, el acompañamiento a los contribuyentes y la promoción de un cumplimiento fiscal sostenido en la Ciudad.
Para más información y acceso a tutoriales:
https://www.agip.gob.ar/campanas/nueva-moratoria-para-regularizar-deudas-de-todos-los-impuestos
